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domingo, 3 de junio de 2018

sesion 7 act 2

liga de mi encuesta https://goo.gl/forms/E7mGZF1eKs3LypzW2 https://docs.google.com/forms/d/1XndJo57LFjJZTYZcaBhTW_6ATSY_L_a1RECUvXZFy3A/edit en esta encuesta nos damos cuenta de que no todos estamos familiarizados con el tema en especifico del que se trata. Las personas que tienen algún tipo de problema parecido acertaron a casi todas las respuestas, el otro tanto lo hizo empíricamente, a lo que ellos entendían. platicando con alguna de ellas comentaba que era imposible este tipo de disoluciones; ya que al no estar de acuerdo a algunos de los copropietarios, no se puede obligar a nadie a vender; desafortunadamente para algunas personas el juez dictaminara siempre que si. Así esta hecha la ley y aunque otros copropietarios no estén de acuerdo, con uno solo que vaya a pedir la disolución de la copropiedad basta para deshacer el bien inmueble o la cosa de la que se habla La encuesta me gusto en lo personal, ya que es mas apegado a la realidad, se reflejan datos que marcan que tanto conocimiento de algún tema tienen las personas, confunden términos y la ventaja de esto es ver lo importante que es estudiar las leyes. Veo la importancia de leer los artículos relacionados y tratar de entender la lógica o el procedimiento para contestar alguna demanda, y lo importante que es un abogado en cualquiera de los ámbitos en los que se encuentre, es algo que todos debemos saber y si no, contar con alguien quien nos oriente. tuve 4 abstenciones por mencionar que no sabían nada de los términos y prefirieron no contestar.

sábado, 26 de mayo de 2018

entrevista estructurada

Propósito u objetivo: Se aplicará una entrevista con fines educativos para la UNADM y así conocer un poco mas acerca de la Disolución de una copropiedad, de esta manera entender cuáles serían las posibles soluciones para orientar a las personas que pasan por este tipo de situación.
Descripción: Entrevista cualitativa semiestructurada elaborada por Josefina Verónica Blanco Corchado aspirante a Derecho en la UNADM
Me encuentro con para realizar de manera mas exhaustiva la duda que nos aqueja ante la disolución de la copropiedad.
Buena tarde, me gustaría quitarle unos minutos de su tiempo, si me lo permite sabiendo primero
1.- ¿cuál es su ocupación actualmente?
2.- ¿Qué edad tiene?
3.- ¿Trabaja para algún bufete?
4.- Nos podría explicar breve mente que es una copropiedad:
5-. ¿Cuántos tipos de copropiedad hay?
6.-¿Qué establece la ley cuando la cosa no quiere permanecer indivisa por alguno de los con-dueños?
7.- ¿Cuál sería una posible solución a la disolución de la copropiedad en caso de que no pueda dividirse?
8.- ¿Otra posible solución?
 9.- ¿si llegaran a otro tipo de acuerdo, que recomendaría?
10.- ¿Qué nos recomienda hacer para no llegar a este tipo de situaciones?
Agradezco su atención y el haber podido compartir con nosotros un poco de su experiencia y sobre todo tiempo.


sesion 6 actividad 2


S6. Actividad 2

Planificación y aplicación de entrevista

Tema: Disolución de una copropiedad
Propósito u objetivo: Se aplicará una entrevista con fines educativos para la UNADM y así conocer un poco mas acerca de la Disolución de una copropiedad, de esta manera entender cuáles serían las posibles soluciones para orientar a las personas que pasan por este tipo de situación.
Descripción: Entrevista cualitativa semiestructurada elaborada por Josefina Verónica Blanco Corchado aspirante a Derecho en la UNADM
Me encuentro con el Maestro en D. Héctor G. para realizar de manera mas exhaustiva la duda que nos aqueja ante la disolución de la copropiedad.
Buena tarde, me gustaría quitarle unos minutos de su tiempo, si me lo permite sabiendo primero
1.- ¿cuál es su ocupación actualmente?
Soy Maestro en Derecho y ejerzo desde hace 20 años en la materia civil, esto quiere decir que se llevan casos como el expuesto aquí, de la disolución de una copropiedad.
2.- ¿Qué edad tiene?
56 años
3.- ¿Trabaja para algún bufete?
Claro para el propio, Bufete Jurídico Integral
4.- Nos podría explicar breve mente que es una copropiedad:
De acuerdo con nuestro Código Civil: “Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenecen pro indiviso a varias personas”. Para entender este concepto es necesario saber que “pro indiviso” significa que no se puede dividir materialmente. Cuando hay copropiedad, la cosa o el derecho pertenece a varias personas sin que se pueda precisar cuál parte específica corresponde a cada una, por lo que la cosa o el derecho adquirido pertenece a todas, esto es, ninguno de los copropietarios tiene dominio sobre partes determinadas de la cosa, sino un derecho de propiedad sobre cierta proporción de todas y cada una de las partes que integran la cosa. Además la copropiedad es más común de lo que pensamos, pues debido al alto costo económico que representa comprar un inmueble para uso personal, suele ser adquirido entre hermanos, esposos, padres e hijos, etcétera.
5-. ¿Cuántos tipos de copropiedad hay?
Existen dos tipos de copropiedad: la forzosa y la voluntaria. La primera se encuentra establecida en la ley, se da cuando por la naturaleza de los bienes, no se puede dividir o existe imposibilidad para venderlos; la segunda es cuando alguno de los condueños pide la disolución de la copropiedad, siempre que esto sea posible. Y aunque haya derechos y obligaciones cumpliendo, la parte que demanda tiene todo el derecho de no permanecer en la cosa aunque los con-dueños no quieran la disolución.
6.-¿Qué establece la ley cuando la cosa no quiere permanecer indivisa por alguno de los con-dueños?
Es probable que conozcamos el caso en el que dos o más personas son propietarias de un mismo bien, pero es su voluntad terminar con la copropiedad. Al respecto, la ley establece que quienes por cualquier título tienen el dominio legal de una cosa, no pueden ser obligados a conservarla indivisa, es decir, nadie puede ser obligado a vivir en la indivisión, por ello tienen el derecho de demandar ante un juzgado en materia civil la conclusión de la copropiedad, lo que puede ocurrir por diversas causas, como dividir la cosa, por destrucción de ella, por haberla vendido o por transmitir la copropiedad a favor de uno solo de los copropietarios.
7.- ¿Cuál sería una posible solución a la disolución de la copropiedad en caso de que no pueda dividirse?
En caso de que la cosa no admita cómoda división, es decir que no sea susceptible de partición material porque se alteraría sustancialmente su naturaleza, o sea que no sería posible establecer fracciones iguales de precio, forma y accesorios inherentes porque se causaría detrimento al valor total del bien, y los copropietarios no se pongan de acuerdo en que sea adjudicada a favor de alguno de ellos, lo procedente es vender y repartir entre ellos a partes iguales según el caso, el producto de la transacción.
8.- ¿Otra posible solución?
Lo mejor para no llegar a un juicio o dar por terminado de la manera mas rápida y precisa es que alguno de los con-dueños compre en su totalidad la propiedad de las otras partes, es decir; antes de ir a un juicio exhaustivo, largo y meramente económico por los pagos de los servicios, podrían llegar a  ese acuerdo y así evitar todo un proceso de la disolución.
 9.- ¿si llegaran a otro tipo de acuerdo, que recomendaría?
Ir a un notario publico y de manera voluntaria presentarse los con-dueños a pedir unas escrituras individuales siempre y cuando estén de acuerdo entre todos para poder ser dueños de cada una de las áreas y así ya delimitar espacios, aunque pidiendo la ley de condóminos en donde se respetaran las áreas comunes y de igual forma cualquier modificación que se le hiciere al inmueble corra por cuenta de todos dividiendo la suma exacta entre los copropietarios.
10.- ¿Qué nos recomienda hacer para no llegar a este tipo de situaciones?
El derecho de copropiedad y sus efectos jurídicos es un tema de interés general que debemos conocer, pues es probable que ya seamos copropietarios de un bien, o lleguemos a serlo en cualquier momento, hay que informarnos y llegar a buenos acuerdos, ya que el dicho dice mas vale un mal acuerdo que un buen juicio. Por los puntos mencionados arriba
En manera general para poder defender la propiedad por uno de los condóminos al ser divisible, se pueden hacer las pruebas por medio de un perito en la materia, explicar por que si o por que no puede hacerse la división ya que todo va ligado a la ley, en una serie de pruebas y además el estudio del perito sobre la cosa, será punto clave para el juez el decidir que puede suceder con el inmueble; un juicio puede durar entre seis meses si el caso se da de manera fácil por asi decirlo, en pruebas o en acuerdos o por no encontrar ningún articulo que impida la disolución hasta varios años siendo 14 de los que recuerdo en este momento puesto que alguno de los condueños pueda meter varios elementos procesales que detengan el juicio hasta poder demostrar lo contrario.
La disolución como tal es muy sencilla, ya que como lo mencionamos arriba el que un dueño no quiera permanecer en él no esta obligado a hacerlo, aquí lo importante es saber que podemos hacer para evitar la disolución y proteger a los otros que no quieran en dado caso vender.
Agradezco su atención y el haber podido compartir con nosotros un poco de su experiencia y sobre todo tiempo.



Sesión 6 Actividad 1


Sesión 6. Actividad 1: Bitácora de investigación

Lugar: Bufete Jurídico Integral
Dirección: Dr. Velasco 162 Desp. 18
                 2° piso Col. Doctores
Investigador: Josefina Verónica Blanco Corchado
Fecha: 25 de mayo del 2018
Hora: 15:30 a 16:30

Tarea que realizar: Investigar de manera más directa y a fondo la descripción de copropiedad y su disolución, por medio de una entrevista a un Maestro de Derecho en la materia de Código Civil.

Actividades: Aborde al abogado en su despacho, no sin antes haber hecho una previa cita, para ver si podía recibirme en un día programado.

Registro de resultados: Fui al Tribunal de la Suprema Corte de Justicia y estuve observando los movimientos que hacían los abogados, algunos entregando oficios en la salas del juzgado que les tocaba, otros revisando dictámenes, otros citados a llevar sus juicios, revisando las listas de sesión con fallos, pudiendo ver el movimiento de casi todos ellos, estudiando sus casos y llevando a sus clientes para declarar, otro tanto explicando lo sucedido o lo que iba a suceder entrando con secretaria de acuerdo ó con el juez

Observaciones: después de caminar por unas cuadras, me decidí entrar al despacho del Maestro en Derecho Héctor G. ya que es un excelente abogado en la materia civil, quitándome varias dudas del tema relacionado a la disolución de la copropiedad.

Conclusión: No me había percatado de lo importante que son las leyes en cada una de las materias, me doy cuenta de que es muy importante leer todos y cada uno de los artículos para entender y saber elaborar bien una respuesta para poder defender a una persona, de cualquier tipo de situación o demanda en la que se encuentra, esto se hace para que vaya bien elaborada y no se nos vaya ningún tipo de articulo al aire, las pruebas son importantes para llevar a cabo un buen juicio.






sábado, 19 de mayo de 2018

S2A5 Conclusiones investigacion

Disolución de copropiedad ANTECEDENTES Josefina Verónica Blanco Corchado | propedéutico UNADM | 19 MAYO 2018  Disolución copropiedad − Determinar, si para que proceda la acción de cesación o terminación de la copropiedad de un inmueble es suficiente acreditar la existencia de esta figura jurídica, así como la manifestación de uno o más de los copropietarios de que es su voluntad el no querer permanecer en la indivisión, sin que sea necesario demostrar que el dominio es indivisible o que no admite cómoda división y que los partícipes no han convenido en que la cosa sea adjudicada a alguno de ellos; o bien cuando la demanda tiene como finalidad poner fin al estado de indivisión, las causas mencionadas sí deben acreditarse, pues de lo contrario aquélla será improcedente. BASES TEORICAS: La división de la copropiedad puede darse da manera voluntaria o forzosa, en la primera los copropietarios pueden llegar a un acuerdo y dividir o vender de acuerdo mutuo, en el grado contrario se llevará a cabo por medio de un juez, en donde se dictará la solución; en donde será siempre la venta, ya que con un copropietario que ya no quiera permanecer en el inmueble, nada lo puede obligar a permanecer en el. ¿Cuál es mi punto de vista? Es complicado entender la solución de un juez sobre el patrimonio de las personas y sobre todo llegar a tribunales por resolver este tipo de situaciones, ya que se pudieran tener soluciones de manera rápida llegando a acuerdos, en donde no se afecte la estabilidad de las personas, aun no logro entender a ciencia cierta el por que con solo una persona que no este de acuerdo en permanecer dentro de la cosa se deba de vender, siendo que esta parte puede vender la suya sin necesidad de dañar a la otra. Si bien es cierto que a veces es imposible la subdivisión del predio; por que no sacar escrituras de las partes proporcionales década uno y así de esta manera no afectar a terceros. Aunque las leyes son muy claras y con uno que no quiera se debe vender al grado de llevar a subasta, debería también haber una ley que proteja a las personas que no quieren deshacerse de su patrimonio ¿cuáles mis conclusiones? Tengo que investigar mas a fondo para saber si hay algún articulo de la suprema corte de justicia en donde se pueda proteger a las personas que no estén de acuerdo en la disolución. Se que existe la posibilidad de adquirir todo el inmueble por la parte demandada, y se deben llevar pruebas por medio de peritos para entender si hay probable división del inmueble o cosa. Es importante entender bien las jurisprudencias y saber basar una buena defensa leyendo y entendiendo los artículos para proteger a las personas que no desean vender.