sábado, 19 de mayo de 2018
S2A5 Conclusiones investigacion
Disolución de copropiedad
ANTECEDENTES
Josefina Verónica Blanco Corchado | propedéutico UNADM | 19 MAYO 2018
Disolución copropiedad
− Determinar, si para que proceda la acción de cesación o terminación de la copropiedad de un inmueble es suficiente acreditar la existencia de esta figura jurídica, así como la manifestación de uno o más de los copropietarios de que es su voluntad el no querer permanecer en la indivisión, sin que sea necesario demostrar que el dominio es indivisible o que no admite cómoda división y que los partícipes no han convenido en que la cosa sea adjudicada a alguno de ellos; o bien cuando la demanda tiene como finalidad poner fin al estado de indivisión, las causas mencionadas sí deben acreditarse, pues de lo contrario aquélla será improcedente.
BASES TEORICAS:
La división de la copropiedad puede darse da manera voluntaria o forzosa, en la primera los copropietarios pueden llegar a un acuerdo y dividir o vender de acuerdo mutuo, en el grado contrario se llevará a cabo por medio de un juez, en donde se dictará la solución; en donde será siempre la venta, ya que con un copropietario que ya no quiera permanecer en el inmueble, nada lo puede obligar a permanecer en el.
¿Cuál es mi punto de vista?
Es complicado entender la solución de un juez sobre el patrimonio de las personas y sobre todo llegar a tribunales por resolver este tipo de situaciones, ya que se pudieran tener soluciones de manera rápida llegando a acuerdos, en donde no se afecte la estabilidad de las personas, aun no logro entender a ciencia cierta el por que con solo una persona que no este de acuerdo en permanecer dentro de la cosa se deba de vender, siendo que esta parte puede vender la suya sin necesidad de dañar a la otra. Si bien es cierto que a veces es imposible la subdivisión del predio; por que no sacar escrituras de las partes proporcionales década uno y así de esta manera no afectar a terceros.
Aunque las leyes son muy claras y con uno que no quiera se debe vender al grado de llevar a subasta, debería también haber una ley que proteja a las personas que no quieren deshacerse de su patrimonio
¿cuáles mis conclusiones?
Tengo que investigar mas a fondo para saber si hay algún articulo de la suprema corte de justicia en donde se pueda proteger a las personas que no estén de acuerdo en la disolución.
Se que existe la posibilidad de adquirir todo el inmueble por la parte demandada, y se deben llevar pruebas por medio de peritos para entender si hay probable división del inmueble o cosa. Es importante entender bien las jurisprudencias y saber basar una buena defensa leyendo y entendiendo los artículos para proteger a las personas que no desean vender.
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